Asesoria & Asesores Fiscales

El Gobierno ha aprobado la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, que elimina la extinción automática del contrato laboral en casos de reconocimiento de Incapacidad Permanente (IP).

Esta medida, impulsada por los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en colaboración con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), tiene como objetivo mejorar los derechos laborales de las personas con discapacidad.

DOCUMENTO


Anteriormente, el reconocimiento de Incapacidad Permanente Total, Absoluta, o Gran Invalidez implicaba la terminación automática del contrato laboral. La nueva medida asegura que la IP no signifique el fin de la carrera laboral de una persona, alineándose con la Ley de las Personas con Discapacidad. Esta reforma busca eliminar la discriminación y promover el empleo decente para las personas con discapacidad, priorizando la adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otras funciones.

El Gobierno también desplegará medidas contempladas en el Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad para mejorar el acceso al empleo y ampliar los derechos de las personas con discapacidad, en línea con la reciente modificación del Artículo 49 de la Constitución Española.

Por tanto, las empresas estarán obligadas a realizar ajustes razonables para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al trabajo, incluso si adquieren la discapacidad después de comenzar su empleo.

Elección voluntaria del trabajador

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Fiscalidad general