La Administración Tributaria ha iniciado el proceso legislativo para incorporar cambios de gran calado en la actividad diaria de las empresas. Mediante un trámite de consulta pública, Hacienda está gestando un futuro Real Decreto que incluirá, entre otras novedades, una modificación sin precedentes en el formato del Número de Identificación Fiscal (NIF) de las sociedades mercantiles, junto con ajustes en el IVA a la importación.
Si bien la norma todavía debe pasar por su tramitación parlamentaria, la Dirección General de Tributos (DGT) ya ha definido sus líneas principales. Conocerlas de antemano resulta esencial para prevenir dificultades técnicas y operativas en el corto y medio plazo.
Adiós a los dígitos: el camino hacia un NIF alfanumérico
En la actualidad, el NIF de cualquier persona jurídica en España está formado por nueve caracteres: una letra inicial que identifica la naturaleza jurídica (por ejemplo, la «B» en el caso de las Sociedades Limitadas), a la que siguen siete cifras y un carácter de control final.
La dificultad surge porque el elevado ritmo de constitución de nuevas empresas está reduciendo con rapidez las combinaciones numéricas disponibles. Con el objetivo de evitar el agotamiento del sistema, la nueva propuesta normativa plantea reemplazar esos siete dígitos centrales por un código alfanumérico (combinando letras y números), lo que multiplicará de forma exponencial las combinaciones posibles.
Aportación técnica: El impacto real se producirá en sus sistemas informáticos. Desde Zincobs queremos transmitir un mensaje tranquilizador: si su empresa ya está constituida, su NIF actual no se verá modificado. No obstante, el riesgo se sitúa en la relación con sus clientes. Cuando emita facturas a sociedades de nueva creación con NIF alfanumérico, es posible que su programa de gestión (ERP) o su software de facturación genere un «Error de validación». Sistemas como el SII (Suministro Inmediato de Información) o el próximo VERI*FACTU exigen formatos muy estrictos. Resulta imprescindible verificar con su proveedor informático si sus herramientas están preparadas para admitir letras en la parte central del NIF.
Una solución al IVA de importación para los contribuyentes forales
La segunda novedad relevante del texto pretende corregir una disfunción que provoca serios problemas de liquidez a un grupo concreto de empresas: aquellas que tributan únicamente ante las Haciendas forales (País Vasco y Navarra) y que se benefician del régimen de diferimiento del IVA a la importación.
Hasta el momento, estas empresas se enfrentan a una asimetría administrativa: liquidan el IVA de importación en la aduana ante el Estado, pero deben deducir la cuota soportada ante su Hacienda foral correspondiente. Como no pueden compensar ambos importes de manera simultánea en la misma declaración, se producen importantes tensiones de tesorería. El nuevo decreto establecerá un mecanismo de coordinación entre el Estado y los territorios forales para igualar los derechos de estos contribuyentes con los del territorio común, agilizando considerablemente la compensación.
¿Cuándo empezarán a aplicarse estas medidas?
El proyecto se encuentra actualmente en fase de consulta pública (el plazo para presentar observaciones concluye a principios de julio de 2026). Una vez completado este trámite, el texto deberá pasar por audiencia pública, obtener los informes correspondientes y recibir la aprobación del Consejo de Ministros.
Se prevé que, tras superar toda la tramitación, los cambios técnicos entren en vigor hacia finales de 2026 o comienzos de 2027. Hasta que el texto definitivo se publique en el BOE, seguirán vigentes las reglas actuales de facturación y tributación aduanera.
Si tiene alguna duda sobre cómo preparar estos cambios en los procesos administrativos de su empresa, el equipo de Zincobs está disponible para asesorarle.
¿Deberá mi empresa sustituir su NIF actual por uno alfanumérico?
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