Ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. En otras palabras, España se convierte en el primer país de la Unión Europea que regula específicamente las implicaciones que tiene la creación de una ‘startup’ y adapta el marco legal administrativo, fiscal, civil y mercantil con el fin de darle apoyo durante su ciclo de vida y, sobre todo, en sus primeras etapas.
Entre las distintas novedades reguladas, destacamos las siguientes:
Pese a que la norma entrará en vigor el 23 de diciembre, esto es, al día siguiente de su publicación en el BOE, las medidas fiscales y administrativas no serán de aplicación hasta el 1 de enero de 2023.
Se considerará empresa emergente a aquellas entidades de nueva creación que vendan productos u ofrezcan servicios mediante el uso intensivo de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y que, además, reúna los siguientes requisitos:
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