Asesoria & Asesores Fiscales

Si el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, se dispone de dos opciones para aplazar el pago del impuesto.

  1. Si el resultado de su declaración de IRPF resulta a ingresar y no desea pagar ahora toda la cuota, puede acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en la propia declaración. En ese caso, podrá satisfacer un 60% de la cuota a pagar hasta el próximo 1 de julio. Respecto al 40% restante, podrá abonarlo hasta el 5 de noviembre de 2024.

Si opta por esta alternativa, no hay que pagar ni intereses de demora ni recargos, y tampoco hay que aportar garantías (sea cual sea el importe aplazado).

Este fraccionamiento solo es posible si se presenta la declaración del IRPF dentro del plazo legal (hasta el 1 de julio de 2024), por lo que no podrá solicitarse en las declaraciones presentadas fuera de plazo.

  • No obstante, también puede aplazar la cuota del IRPF como el resto de los impuestos y solicitar un aplazamiento mayor. En ese caso:

El aplazamiento ya no será gratuito, sino que, deberá satisfacer un interés de demora de...

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Categoria

Fiscalidad general