Asesoria & Asesores Fiscales

Sin seguridad jurídica ni estabilidad normativa, poca internacionalización y todavía menos atracción de inversiones.

Ante el reto de internacionalizarse, lo primero es evaluar el destino elegido con un informe de prospectiva que confirme si hay o no oportunidades de negocio y, después, considerar las distintas formas de establecerse en el mismo. En ese momento, la fiscalidad juega un papel importante.

A finales de los 90 y hasta poco antes de la crisis financiera, la empresa española vivió un auge internacional basado en el concurso de varias circunstancias. La fiscalidad fue, sin duda, una de esas causas favorecedoras para que la economía española alcanzara dimensión global. Así, ante las primeras aventuras internacionales, se introdujeron medidas fiscales como las deducciones por fondo de comercio o por actividad exportadora, entre otras.

Aquel contexto facilitó el éxito de las multinacionales que tenemos ahora. Luego, con la crisis y la perentoria necesidad de nutrir las arcas del Estado, se cuestionaron algunos de aquellos principios al servicio del progreso y de la internacionalización de nuestro tejido empresarial. Una administración tributaria forzada por las circunstancias malogró gran parte de las ventajas mediante inspecciones de interpretación restrictiva e inesperados cambios de criterio, trayendo inseguridad jurídica y desconfianza del inversor.

Se puso de manifiesto un axioma fundamental; sin estabilidad en materia fiscal, no es posible competir en la economía global ni resultar atractivo para las inversiones internacionales, tan necesarias para la creación de puestos de trabajo estables y de calidad.

A esa falta de ingresos fiscales le acompañó la tríada infernal; los recortes, el uso de estructuras societarias netamente abusivas y la concurrencia de un sistema político en parte caduco, a menudo malogrado por la acumulación de ineficiencias del sistema y demasiados casos de corrupción. Todo ello fomentó un clima social altamente sensible a todo lo que tiene que ver con la recaudación y a una determinada concepción de justicia social.

No hace tanto, escasamente un año, el Gobierno aprobó una reforma del impuesto de sociedades con el objetivo de acercar el tipo efectivo al nominal. La reforma afectó al cálculo del pago fraccionado, limitó la compensación de pérdidas de años anteriores y de las deducciones por doble imposición. Como mecánica legislativa, el esperpento fue de tal calado que, la entrada en vigor en el mes de diciembre del 2016 de una normativa, de carácter restrictivo, cuyos efectos se retrotraían al 1 de enero, afectó gravemente a la posición de tesorería de todo el año, impactando especialmente en aquellas empresas con menor músculo financiero y trastabillando sus planes de crecimiento.

Esa pérdida de competitividad debido a un cambio normativo sin parangón llegó en un momento donde la presión por luchar en un mercado global es feroz.

Así, no sorprende que un 71% de los empresarios prefiera una fiscalidad más clara, transparente y coordinada, aunque esto suponga menos oportunidades de ahorro en impuestos transfronterizos. Esto refleja el hartazgo ante un sistema tributario internacional confuso, muy complejo, no armonizado y poco transparente.

Es cierto que hoy en día las grandes empresas no necesitan ya aquellos beneficios fiscales. Por lo general, han culminado su internacionalización con éxito, pero ha llegado la hora de fomentar una segunda oleada que sea protagonizada por las PYMES.

Pero, si la demanda de un marco normativo predecible no es ni mía ni nueva, ¿por qué hago hincapié en el contexto de la internacionalización de la empresa?

Por dos razones fundamentales. Por un lado, en un mundo globalizado, hablar de libertad de los Estados para dictar a placer su marco tributario es pura quimera. Ahí están ejemplos como la cesión de soberanía a la Unión Europea o la influencia de iniciativas como la BEPS de la OCDE.

El contexto internacional no sólo condiciona todas las iniciativas legislativas nacionales dejando poco margen para beneficios fiscales que se salgan del molde, sino que pone de manifiesto que las decisiones empresariales de gran calado exigen predictibilidad, esto es, si una jurisdicción cuenta o no con seguridad jurídica.

Por otro lado, todos los países quieren presentarse como los líderes en incentivos a la innovación, al ecosistema emprendedor, al impulso de la internacionalización (de las empresas y de sus directivos), a la economía circular, el buen gobierno corporativo y la gestión del riesgo, etc.

Lógicamente, estos instrumentos deben estar también previstos en nuestra legislación porque de lo contrario, nuestra economía competiría en inferioridad de condiciones. Sin embargo, pagamos el precio de cierta vulgarización de conceptos jurídico-tributarios no esencialmente fáciles, lo cual pone en evidencia dos alertas de largo alcance.

La primera es que los Estados no han prestado suficiente atención a la máxima de certeza tributaria, algunos incluso cayendo en prácticas de competencia desleal facilitando estructuras de tributación efectiva paupérrima. De hecho, mientras los incentivos fiscales son mayormente aprovechados por las grandes multinacionales, la estabilidad normativa beneficia a todos por igual. Teniendo en cuenta que nuestro tejido empresarial está compuesto en su 99% por PYMES, esta afirmación no es baladí pues incide directamente en el modelo económico que se quiera construir.

Tras más de 400 proyectos en más de 30 países de todos los continentes, he aprendido que las economías con mayores éxitos de inversión productiva son las que construyen relaciones de confianza entre las autoridades fiscales y las empresas. Creo que mejorar los resultados de nuestro país es posible y pasa, en parte, por transformar las relaciones entre las empresas y la Administración Tributaria. Se hace necesario caminar hacia un modelo basado en el acercamiento de la AEAT al contribuyente, sin olvidar que la fiscalidad puede ser un instrumento de política económica para atraer inversiones, más allá del puro fin recaudatorio y ajeno a la razón de la economía global.

La segunda es que existe tal indignación ciudadana ante los abusos fiscales que los gobiernos responden endureciendo la regulación y los deberes de vigilancia, de los que ninguna empresa, grande, mediana o pequeña es inmune. El intercambio de datos entre administraciones tributarias es tan exhaustivo y va a tal velocidad, que aquellas empresas que no se doten de una buena gestión de cumplimiento normativo, asumirán unos riesgos, a medio y largo plazo, que ahora son incapaces ni tan solo de intuir.

Por ello, directivos y responsables fiscales deberían pasar a la acción haciéndose una pregunta incomoda; “¿si nuestros clientes, proveedores, autoridades o algún medio de comunicación, nos preguntan sobre nuestras prácticas fiscales, podremos darles una respuesta satisfactoria?”

La gestión del riesgo y oportunidades, dentro de un marco normativo estable, es una herramienta imprescindible para que esa segunda oleada de salida al exterior e inversión internacional abra una senda de crecimiento económico, sostenible en el tiempo.

Josep-Maria Gascón

Categoria

Fiscalidad general

Fuente: Grant Thornton

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