Asesoria & Asesores Fiscales

La relevancia de algunos criterios representan un reto para el sector financiero y asegurador, dada la proximidad del plazo límite de presentación del reporting CRS y FATCA correspondiente al ejercicio 2016 (31 de mayo de 2017).

Principales novedades

Como novedad relevante, la Agencia tributaria ha establecido en una de las Preguntas frecuentes que, además del bloqueo, resulta obligatorio que todas las cuentas nuevas para las que no se disponga de la preceptiva declaración del titular sean reportadas bajo la consideración de “cuenta no documentada”. Deberá utilizarse el campo 12 del anexo III de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289.

Esta obligación se configura de una forma muy amplia. Quedan afectadas en general todas las cuentas para las que no se disponga de la preceptiva declaración del titular, siendo irrelevante si dichas cuentas presentan o no indicios de ser cuentas sujetas a comunicación de información. Por consiguiente, deberán reportarse como cuentas no documentadas las cuentas respecto de las que no se disponga de la preceptiva declaración inclusive si no hubiera apariencia o indicios de que dichas cuentas estén bajo la titularidad o control de personas no residentes o de Personas estadounidenses, es decir, incluso si son cuentas en apariencia “españolas”.

Se trata de una medida encaminada al reforzamiento del control tributario por parte de las autoridades fiscales. Previsiblemente la Agencia tributaria realizará un seguimiento y vigilancia de las cuentas reportadas como no documentadas, en línea con lo establecido por la OCDE en sus Comentarios al CRS (Sección IX).

Además de esta novedad la Agencia tributaria ha publicado Preguntas frecuentes relacionadas fundamentalmente con: aspectos que afectan al reporting, aclaraciones sobre la aplicación de la obligación de bloqueo, requisitos de la declaración del titular, requisitos relativos al TIN, aspectos relacionados con la clasificación de determinadas entidades a efectos de la normativa y cuestiones relacionadas con los procedimientos de diligencia debida de cuentas nuevas y preexistentes.

Para más información, consulte nuestra alerta a través del siguiente link.

Para consultar las Preguntas frecuentes accede a la web de la Agencia Tributaria.