Asesoria & Asesores Fiscales




La exención por la venta de la vivienda habitual para mayores de 65 años puede seguir aplicándose aunque el inmueble haya estado alquilado durante los dos años previos a su transmisión. Lo determinante es que la venta se realice dentro del plazo establecido y se cumplan los demás requisitos exigidos.




Exención de la ganancia patrimonial para mayores de 65 años

Cuando una persona mayor de 65 años vende su vivienda habitual, la ganancia patrimonial que obtiene con la operación está exenta de tributación en el IRPF. Para disfrutar de este beneficio fiscal no es necesario destinar el importe obtenido a la compra de otra vivienda ni realizar ninguna reinversión.

Esta exención también puede resultar aplicable cuando la persona que transmite el inmueble se encuentra en una situación reconocida de dependencia severa o gran dependencia.

No obstante, para beneficiarse de la exención es necesario cumplir determinados requisitos relacionados con la consideración del inmueble como vivienda habitual y con el plazo transcurrido hasta su venta.

¿Cuándo se considera que un inmueble es la vivienda habitual?

Para poder aplicar este incentivo fiscal, el inmueble transmitido debe haber tenido la consideración de vivienda habitual del contribuyente.

Con carácter general, esto implica que el propietario debe haber residido en ella de manera continuada durante un período mínimo de tres años. Sin embargo, existen determinadas circunstancias que pueden justificar un cambio de domicilio antes de que haya transcurrido dicho período sin que la vivienda pierda por ello su consideración de habitual.

Además de este requisito, debe tenerse en cuenta otro plazo especialmente importante: la transmisión del inmueble debe producirse antes de que transcurran dos años desde que dejó de constituir la vivienda habitual del contribuyente.

¿Qué ocurre si la vivienda se alquila antes de venderla?

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