Se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
En el mismo se incluyen dos novedades en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades.
1º) Art 7: mejora en el porcentaje de la deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción, que será del 25% para los periodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021.
2º) Disposición Final Cuarta: que añade una disposición adicional sexta en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades sobre libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.
Esta disposición permitirá practicar la libertad de amortización, con efectos para las inversiones realizadas en elementos nuevos del inmovilizado material que supongan:
Todos ellos afectos al sector industrial de automoción y cuya puesta a disposición del contribuyente sea en 2020.
Para poder practicar la libertad de amortización se exigen una serie de requisitos: