Asesoria & Asesores Fiscales

Ha llegado la hora de pasar factura con la Administración Tributaria pero, ¿sabes cuáles son las principales novedades a tener en cuenta en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del 2015?

Pues bien, debe mencionarse que tanto la tarifa de la base general como la del ahorro han sufrido determinadas rebajas. Así, los tramos de la tarifa de la base general se han reducido de 7 a 5 y el tipo marginal aplicable en Cataluña ha disminuido del 56% aplicable en el 2014 al 49%.

Por su parte, en relación con la tarifa de la base del ahorro, se mantiene la progresividad en 3 tramos, si bien éstos pasan del 21%, 25% y 27% aplicables en 2014 al 19,5%, 21,5% y 23,5% en 2015.

Por otro lado, todas las alteraciones patrimoniales con independencia del tiempo de  generación (en 2013 y 2014 las generadas en menos de 1 año iban a la base general) vuelven a integrarse en la base imponible del ahorro.

Además, se prevé la posibilidad de compensar rendimientos de capital mobiliario negativos con ganancias patrimoniales  y rendimientos de capital mobiliario positivos con pérdidas patrimoniales, con el límite del 10% de la ganancia/rendimiento de capital mobiliario positivos (límite del 15%, del 20% y del 25% en los años 2016, 2017 y 2018, respectivamente).

En este mismo ámbito de las alteraciones patrimoniales, se han eliminado los coeficientes de actualización del coste de adquisición de los inmuebles y se ha limitado la aplicación de los coeficientes de abatimiento en un importe máximo de valor de transmisión de 400.000 euros.

Adicionalmente, recordar que las personas mayores de 65 años tienen derecho a una exención de hasta 240.000 euros, siempre que destinen el precio de venta por la transmisión de un elemento patrimonial a la constitución de una renta vitalicia.

Con carácter general, las reducciones por rendimientos irregulares o con un periodo de generación superior a dos años se han rebajado del 40% al 30%.

Por último, queremos mencionar que han desaparecido las deducciones por cuenta ahorro-empresa, por pago de alquiler de la vivienda habitual (con un régimen transitorio de aplicación para contratos de alquiler suscritos con anterioridad a 1 de enero de 2015), se han incorporado nuevas deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo y la deducción por donativos se ha mejorado.

Como puede apreciarse, se han introducido importantes novedades para el IRPF de 2015, que deberemos tener en cuenta a la hora de presentar nuestra declaración.

Mónica Rendé