Asesoria & Asesores Fiscales

Tras varios años de bloqueo por parte del Senador Rand Paul, el Senado de los EE.UU. ratificó el martes 16 de julio el Protocolo de modificación del Convenio para evitar la doble imposición entre España y EE.UU. (CDI), que implica una mejora sustancial del actual CDI.

Entre las modificaciones que recoge el protocolo cabe destacar que, tras su entrada en vigor, será posible distribuir dividendos, pagar intereses y cánones u obtener ganancias de capital en la venta de participaciones sin tributación en el país de la fuente, ya sea este España o EE.UU., cuando se cumplan determinados requisitos.

El protocolo entrará en vigor transcurridos tres meses desde que se produzca el “intercambio de cartas” entre EE.UU. y España, en las que se notifiquen mutuamente que han llevado a cabo todos los trámites domésticos necesarios para ello. En relación con los impuestos retenidos en la fuente o que se apliquen sobre un hecho imponible puntual (v.g. retenciones sobre dividendos, intereses y cánones o imposición sobre las ganancias de capital) el nuevo protocolo tendrá efecto en la práctica desde el día de su entrada en vigor; en relación con el resto de cuestiones, los efectos del protocolo se producirán para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor.

Dadas las fechas en las que nos encontramos, cabe prever que la entrada en vigor pueda producirse a finales de 2019 o principios del 2020.