¿Utilizas Bizum y/o tarjetas en tu negocio para cobrar? El Real Decreto 253/2025 marca un antes y un después en el control fiscal de los pagos digitales en España. A partir de 2026, Bizum, tarjetas y plataformas similares quedarán plenamente integrados en el radar de la Agencia Tributaria, con nuevas obligaciones mensuales y sin umbrales mínimos. Tanto si eres autónomo como particular, conviene prepararse: la trazabilidad de cada movimiento será clave en el nuevo escenario normativo.
A partir de 2026, Hacienda aumentará significativamente su vigilancia sobre este tipo de operaciones. Ya no se trata solo de grandes movimientos: cualquier transacción digital será más transparente para la Agencia Tributaria.
Si eres autónomo, empresa o incluso particular, este cambio puede afectarte directamente. En este artículo te explicamos en detalle qué se va a exigir, a quién afecta y cómo prepararte para cumplir con la normativa.
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A través del Real Decreto 253/2025, publicado el 1 de abril de 2025, se introducen cambios clave en el Reglamento General de Aplicación de los Tributos (RGAT), que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2026. El objetivo de Hacienda es claro: combatir el fraude fiscal y aumentar la trazabilidad de las operaciones electrónicas.
Estas modificaciones impactan directamente en bancos, entidades emisoras de tarjetas, plataformas de pago móvil (como Bizum), y también en empresas y profesionales que usen estos sistemas. Incluso las entidades extranjeras que operen en España estarán obligadas a cumplir con los nuevos requisitos.
El reforzado control de Hacienda sobre Bizum y otros sistemas se articula en cuatro bloques principales del RGAT, con nuevas exigencias sobre periodicidad, alcance y detalle de la información.
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