Asesoria & Asesores Fiscales

En el pasado mes de diciembre se publicaron entre otras modificaciones normativas, varios Reales Decretos. Vamos a comenzar con unos breves comentarios al Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía.

Se introducen mejoras del tipo de retención en el IRPF y se reduce el tipo impositivo en el IVA para los servicios prestados por creadores artísticos y cinematográficos.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

A partir del 1 de enero de 2019 se reduce el porcentaje de retención e ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos de capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual, cuando el contribuyente no sea el autor, del 19 al 15 por 100. Este porcentaje se reducirá en un 60 por 100 (antes 50) cuando se trate de rendimientos obtenidos en Ceuta o Melilla.

Impuesto sobre el Valor Añadido

A partir de enero de 2019 se aplicará el tipo reducido del 10 por 100 a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.

Impuesto sobre Sociedades

La norma prevé la posibilidad de que reglamentariamente se establezcan los requisitos y obligaciones para tener derecho a la práctica de la deducción por los productores que se encargan de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales.