Asesoria & Asesores Fiscales

Cajas y bancos tendrán que informar a Hacienda de las operaciones de empresarios y profesionales mediante tarjetas bancarias y Bizum. También se establecen nuevas obligaciones de información que afectan todos los contribuyentes.

El BOE del 15 de julio ha publicado la *Orden HACHE/747/2025, de 27 de junio, que aprueba los modelos de declaración que cajas, bancos y otras entidades financieras tendrán que facilitar periódicamente a la Agencia Tributaria. Destacamos el siguiente de esta disposición que entrará el vigor el día 1 de enero de 2026.



Declaraciones sobre pagos a empresarios y profesionales con tarjeta o Bizum, modelo 170:

Las entidades financieras informarán cada mes de los ingresos que los profesionales y los empresarios reciben mediante pagos con tarjeta o Bizum, especificando por qué canal se ha producido el cobro. También tendrán que identificar las cuentas en que se reciben estos ingresos, así como los terminales de punto de venta (*TPV) utilizados.

Esta obligación se empezará a aplicar el mes de febrero de 2026 respecto de los datos del mes de enero.


Declaraciones sobre movimientos con tarjeta de crédito, modelo 174:

Las entidades financieras informarán anualmente sobre todos los movimientos con tarjeta realizados por los contribuyentes, siempre que el total de abonos y cargos supere los...

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