Asesoria & Asesores Fiscales

Las acciones y participaciones deben valorarse siguiendo ciertas reglas.

Si está obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio y es propietario de acciones u otros valores cotizados (bonos, deuda subordinada...), recuerde que deberá declarar dichos activos por sus valores medios de cotización durante el cuarto trimestre de 2022.

En caso de que tenga acciones o participaciones en sociedades no cotizadas, el valor a declarar será el siguiente:

  • Si la entidad en la que tiene participaciones se audita, deberá declarar el valor contable resultante del último balance aprobado.
  • Si no se audita, deberá declarar el mayor de entre dicho valor teórico, el valor nominal de las participaciones o el resultado de capitalizar al 20% el promedio de los beneficios de los tres últimos ejercicios (es decir, de dividirlo por 0,20) en la proporción que le corresponda a cada socio.

Sigue leyendo en PLETA AUDITORES CONSULTORES

Categoria

Fiscalidad general