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El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay publicó en el diario oficial el Decreto 144/018 que establece las regulaciones relacionadas con la prestación de servicios a través de internet, aplicaciones informáticas o medios similares.
El decreto detalla las condiciones que deben darse para que este tipo de servicios sean considerados ingresos de fuente uruguaya en relación a Impuesto sobre la Renta e Impuesto para No Residentes. El mencionado decreto entró en vigor con efectos 1 de enero 2018, sin embargo, se establece el 1 de julio de 2018 como fecha de entrada en vigor para las retenciones determinadas en esta materia.
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Articulo de Periscopio Fiscal & Legal : http://periscopiofiscalylegal.pwc.es/uruguay-publica-un-decreto-que-regula-la-fiscalidad-de-los-servicios-digitales
Ramón Mullerat - Socio responsable del área de Fiscalidad Internacional
Portal de Asesoria & Asesores Fiscales en España
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