Asesoria & Asesores Fiscales

Tener deudas pendientes con la Seguridad Social no supone, en todos los casos, quedarse sin la prestación por nacimiento y cuidado de menor.

Para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, el autónomo tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social y cumplir el resto de condiciones establecidas (así, si tiene 26 años o más, necesita 180 días cotizados en los 7 años previos, o bien 360 días cotizados a lo largo de toda su vida laboral).

A esto se suma la obligación de estar al corriente en el abono de sus cuotas.

Cuando el autónomo tiene deudas pendientes con la Tesorería, esto no conlleva de forma automática la denegación de la prestación. Al presentar la solicitud, la Seguridad Social le enviará una invitación al pago para que pueda poner al día su situación. A partir de ese momento:

  • El autónomo cuenta con 30 días naturales para atender dicha invitación. Cumpliendo ese plazo, se le tendrá por al corriente de pago y no perderá ninguna parte de la prestación.
  • Si regulariza las cuotas pendientes una vez superado ese plazo de 30 días...

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Categoria

Fiscalidad general