Asesoria & Asesores Fiscales

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso contra la modificación realizada en el Impuesto sobre el Patrimonio en la Ley de Presupuestos del Estado del año 2021. En caso de que este recurso de inconstitucionalidad prospere se podría obtener la devolución de los importes pagados por el Impuesto sobre Patrimonio de los ejercicios 2021 y siguientes.

Los contribuyentes que hayan pagado el Impuesto sobre el Patrimonio en los ejercicios 2021 y/o 2022 pueden iniciar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos para que les sean devueltos los importes pagados en caso de que prospere el recurso dirigido al Tribunal Constitucional que de momento ya ha sido admitido a trámite.


Destacamos lo siguiente:

¿Cuál es el requisito para conseguir la devolución del Impuesto sobre el Patrimonio de los ejercicios 2021 y 2022?

La resolución que dicte el Tribunal constitucional afectará a todo el mundo a partir del momento en que se dicte, pero si tenemos en cuenta el criterio seguido por el TC en otros casos únicamente podrán obtener la devolución de los importes pagados, los contribuyentes que hubieran impugnado sus liquidaciones.


¿Cuál es, por tanto, el procedimiento a seguir según nuestro criterio?

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