En general, las juntas de socios en las que se aprueban las cuentas del ejercicio anterior se celebran sin problemas. Pero es importante recordar que los socios tienen derecho a recibir información sobre los asuntos a tratar.
Por ejemplo, los socios que tienen al menos el 5% del capital social tienen los siguientes derechos:
Los socios con una participación inferior también tienen los derechos de información y de solicitud de actas indicados más arriba. Y agrupándose con otros socios para alcanzar el porcentaje mínimo del 5%, también pueden solicitar el examen de la contabilidad.
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