Desde Tomarial queremos indicarle una serie de recomendaciones para conseguir reducir el resultado de su declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2019, cuyo periodo de autoliquidación comprenderá los meses de abril a junio de 2020:
Rendimientos percibidos por arrendamientos de inmuebles
Los ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles tienen la consideración de rendimientos íntegros de capital inmobiliario. Serán deducibles todos los gastos necesarios para la obtención de ingresos, entre otros: los intereses y gastos de financiación, los gastos de comunidad, las reparaciones, la amortización del inmueble, el IBI, la tasa de basuras, los saldos de dudoso cobro y los gastos de servicios profesionales. Por ello, recomendamos conservar los justificantes de todos los anteriores gastos, a efectos de proceder a su deducción.
Asimismo, en el caso de que el inmueble se destine a la vivienda del arrendatario, el rendimiento neto calculado se podrá reducir en un 60%.
Compensación de pérdidas patrimoniales de ejercicios anteriores
En el caso de que existan pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los últimos cuatro años, éstas pueden compensarse con las ganancias patrimoniales obtenidas en el ejercicio 2019, como consecuencia de la transmisión de elementos patrimoniales, tales como inmuebles, acciones, fondos de inversión, etc.
Planes de pensiones, seguros de dependencia y planes de ahorro a largo plazo
Las cantidades aportadas a planes de pensiones reducen la base imponible del impuesto. El límite de reducción será el importe inferior entre los dos siguientes:
Por ello, desde un punto de vista fiscal, es recomendable que las aportaciones no superen el límite máximo de reducción. Adicionalmente, en determinados supuestos también es posible la reducción de la base imponible por las aportaciones efectuadas por el cónyuge o a favor de personas con discapacidad, con los límites de 2.500 euros y de 10.000 euros, respectivamente.
En el caso de rescate del plan de pensiones, el importe tributará como rendimiento del trabajo. Es recomendable rescatar el plan de pensiones en forma de capital, a efectos de poder disfrutar, en determinados casos, de una reducción del 40%.
La normativa también prevé reducciones por aportaciones a seguros privados que cubran el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia, con el límite máximo de 8.000 euros. Por último, los rendimientos obtenidos por la inversión en seguros individuales de vida a largo plazo (SIALP) o en Cuentas individuales de ahorro a largo plazo (CIALP) estarán exentos, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: la portación máxima anual no supere los 5.000 euros, no se disponga de las cantidades en 5 años, y se perciban por su importe total en forma de capital.
Aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad
En el caso de que se hayan efectuado aportaciones al patrimonio protegido de una persona con discapacidad por parte de su cónyuge, de parientes hasta el tercer grado inclusive, o por aquellos que lo tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, éstas darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 euros anuales.
Vivienda habitual y otros bienes
La normativa de IRPF establece los siguientes beneficios fiscales relacionados con la vivienda habitual del contribuyente, así como con otros bienes:
Deducciones
Podrán ser objeto de deducción en la cuota del impuesto las donaciones efectuadas a fundaciones, asociaciones y ONG, así como las cuotas de afiliación a partidos políticos. El porcentaje de deducción dependerá de la condición del destinatario, del importe de la deducción, y de si se han realizado donaciones en los ejercicios anteriores.
Asimismo, también podrán ser objeto de deducción el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acciones o participaciones en sociedades de nueva o reciente creación, con el límite de 60.000 euros.