A los efectos de dar cumplimiento a la información de las operaciones vinculadas, el próximo mes de noviembre finaliza el plazo para presentar la Declaración Informativa de Operaciones Vinculadas Modelo 232 del ejercicio 2017.
Estarán obligados a presentar el Modelo 232 y cumplimentar la “Información de operaciones con personas o entidades vinculadas (art.13.4.RIS)“, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas en los términos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, en resumen serían los siguientes:
Conjunto de operaciones realizadas en el período impositivo (con independencia del importe de operaciones por entidad vinculada) | |
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Si el conjunto de operaciones del mismo tipo y método de valoración >50% de la Cifra de negocios de la entidad | SI |
≤100.000 € en operaciones específicas del mismo tipo | NO |
≥100.000 € en operaciones específicas del mismo tipo | SI |
Operaciones realizadas en el período impositivo con la misma persona entidad | |
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≤250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas) | NO |
≥250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas) | SI |
Operaciones específicas | |
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Operaciones excluidas de obligación de presentar Modelo 232 |
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Asimismo, estarán obligados a presentar el Modelo 232 y cumplimiento el cuadro “Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas precedentes de determinados activos intangibles (art. 23 y DT 20ª LIS)“, los contribuyentes que apliquen la referida reducción prevista en el artículo 23 LIS porque obtienen rentas como consecuencia de la cesión de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
Por último, también estarán obligados a presentar el Modelo 232 y cumplimentar el cuadro “Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales“, los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.