Asesoria & Asesores Fiscales

Se ha modificado el Estatuto de los Trabajadores, con efectos introduce un permiso retribuido de hasta cuatro días en casos donde los trabajadores no puedan acceder a su lugar de trabajo debido a restricciones impuestas por las autoridades o riesgos graves.

Este permiso podrá extenderse si las circunstancias persisten, permitiendo también la aplicación de ERTE por fuerza mayor o la opción de trabajo a distancia, siempre que la actividad lo permita y se cumplan las condiciones establecidas en la Ley 10/2021.

Con motivo de la reciente publicación del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (RDL), que entró en vigor el pasado 30 de noviembre de 2024, le informamos de una nueva medida de gran relevancia en el ámbito laboral. Este RDL introduce un permiso retribuido de hasta 4 días para los trabajadores que no puedan acceder a su lugar de trabajo debido a restricciones impuestas por las autoridades o a riesgos graves.

Nuevo permiso retribuido de hasta 4 días

En concreto, este permiso se ha incorporado al Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.3, letra g) y cubre las siguientes situaciones:

1. Imposibilidad de acceso al centro de trabajo: Cuando no sea posible acudir al lugar de trabajo por:

  • Restricciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades.
  • Situaciones de riesgo grave e inminente.

2. Extensión del permiso:

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  • Por JDA
  • 10/12/2024

Categoria

Fiscalidad general