Asesoria & Asesores Fiscales

Tal y como se informó en nuestro artículo de mayo de 2018, el 27 de julio de 2018 el Consejo de Ministros aprobó el Plan Director por un Trabajo Digno para el periodo 2018-2020, con el objetivo fundamental de recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo.

Este Plan Director por un Trabajo Digno, con vigencia hasta el año 2020 incidía en amplios aspectos laborales a trabajar y, dentro de ellos, se destacaba con especial relevancia la precariedad laboral traducida en las altas tasas de temporalidad y los abusos producidos en la utilización de la contratación a tiempo parcial.

Si bien ambas materias son objeto de actuación permanente por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se consideró necesario reforzar las actuaciones inspectoras. Por una parte, se establecieron medidas operativas específicas en el Plan Director y por otra, la ejecución de dos planes de choque, uno contra la temporalidad fraudulenta y otra contra el uso irregular de la contratación a tiempo parcial que ahora han sido renovados debido a que siguen siendo dos de los principales problemas en nuestro mercado de trabajo.

El objetivo de estos dos nuevos planes choque es principalmente, efectos recaudatorios aparte, regularizar el fraude detectado en las materias indicadas y generar un efecto disuasorio en aquellos empresarios que promuevan estos tipos de irregularidades que producen precarización laboral.

Respecto a la contratación temporal serán de especial seguimiento aquellos contratos de obra y servicio en vigor desde hace más de 36 meses, el encadenamiento de dos o más contratos temporales en una misma empresa, con o sin solución de continuidad, por un periodo superior a 24 meses en los últimos 30 meses y contratos eventuales por circunstancias de la producción con una duración superior a 12 meses.

En relación con el otro ámbito de actuación, la contratación a tiempo parcial, se perseguirá el fraude vigilando a aquellas empresas donde se haya detectado un número elevado de las contrataciones con coeficientes a tiempo parcial muy reducidos, siendo ello discordante con la actividad empresarial desarrollada.

Para el desarrollo e implementación de los planes de choque explicados, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya está enviando comunicados a las empresas con posibles situaciones de fraude, informándoles de los datos obtenidos a través de la llamada “Herramienta de Lucha contra el Fraude”, instándoles a revisar su situación, y advirtiéndoles de la realización de actuaciones inspectoras de comprobación en caso de no regularización. Se da un plazo de un mes a las empresas para llevar a cabo dicha revisión y regularización.

Una vez transcurrido el periodo de un mes desde la recepción de la comunicación, de nuevo la “Herramienta de Lucha contra el Fraude” comprobará las modificaciones que hayan sido realizadas. Aquellas empresas que continúen con la situación inicial, o solo la hayan modificado parcialmente, serán objeto de una actuación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa correspondiente, adoptando en su caso las medidas que resulten preceptivas tras el análisis de cada situación.

Cabe decir que en las propias comunicaciones ya se advierte que los incumplimientos empresariales relativos a la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales se encuentran tipificados como infracción grave en el artículo 7.2 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y del Orden Social por lo que se desprende un ánimo recaudatorio para aquellas empresas que no apliquen voluntariamente las regularizaciones en las instrucciones recibidas.

Víctor Jiménez

Fuente: AddVANTE Economistas & Abogados

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