Queremos informarles que con la aprobación de Real Decreto-ley 3/2016 por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas, se ha modificado la Ley General Tributaria, y con efectos desde el 01-01-2017, se ha endurecido la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de determinados tipos de deudas o impuestos.
Por tanto, tenga en cuenta que desde el 01-01-2017 la normativa se ha vuelto más restrictiva, y ahora no pueden aplazarse o fraccionarse en ningún caso:
Atención. Hasta el 31-12-2016, si su empresa solicitaba un aplazamiento a Hacienda, bastaba con que acreditase una falta de liquidez temporal y –en caso de deudas superiores a 30.000 euros– aportase garantías. Sólo se exigía información adicional en los aplazamientos de las retenciones (en cuyo caso debía acreditarse que el rechazo del aplazamiento ponía en peligro el mantenimiento de la capacidad productiva de la empresa o de su plantilla).
Atención. No se podrán aplazar las resoluciones del TEAR que salgan a pagar. Las sanciones, en principio, sí que se pueden aplazar.
Aunque en la norma no aparece la palabra IVA de forma explícita, ya que esta medida también afecta a los Impuestos Especiales, la Agencia Tributaria ha justificado la decisión basándose en que los aplazamientos son un simple instrumento de obtención de financiación y de diferimiento de pago de impuestos, especialmente en los supuestos en los que el obligado haya cobrado la cantidad correspondiente al IVA soportado.
Atención. Actualmente se está negociando que esta restricción no se aplique a los empresarios personas físicas, y según la prensa y sin noticias oficiales del Gobierno, parece que Hacienda planearía permitir aplazar deudas hasta 30.000 euros de IVA en un periodo de 12 meses a los autónomos.
¿Qué sucede con los aplazamientos en curso?
Los aplazamientos o fraccionamientos cuyos procedimientos se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017 se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión.
No obstante, habrá que esperar al desarrollo efectivo de esta medida fiscal de gran relevancia para la financiación de las Pymes y autónomos. Les mantendremos informados de cualquier novedad que se produzca al respecto.