Asesoria & Asesores Fiscales

Mediante el Decreto Ley 1/2021, de 25 de enero (publicado en el boletín oficial de 26 de enero de 2021 y en vigor desde esa misma fecha), el Consejo de Gobierno de Baleares ha aprobado medidas excepcionales y urgentes que, en el ámbito tributario, afectan al Impuesto sobre Estancias Turísticas (IET) y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD).

En relación con el IET:

a) En 2021 (como ya ocurrió en 2020), los sujetos pasivos sustitutos en régimen de estimación objetiva no tendrán que efectuar el ingreso a cuenta del impuesto durante el mes de septiembre, si bien se mantiene la obligación de presentación de la autoliquidación anual y del ingreso del impuesto en los plazos habituales.

b) Por otro lado, los empresarios tendrán hasta el 31 de marzo de 2021 para modificar su régimen de estimación de la base imponible (pasando del régimen de estimación objetiva al de estimación directa, o viceversa). El cambio de régimen de estimación de la base imponible que se realice en 2021 no implicará la obligación de permanecer dos ejercicios en dicho régimen. Ello permitirá que los empresarios que opten por la estimación directa, solo tengan que liquidar el impuesto de los turistas y visitantes que reciban durante el año; y que los que opten por el régimen de estimación objetiva, se puedan beneficiar de la reducción de los módulos que está previsto aprobar para los años 2020 y 2021.

En lo que se refiere al ITPyAJD, se aprueba una reducción del 95% en la modalidad de actos jurídicos documentados para la formalización de escrituras públicas con garantía hipotecaria susceptibles de inscripción en el Registro de la Propiedad, que resulten de la extensión de los plazos de vencimiento o de carencia de préstamos concedidos a través de los programas públicos de avales para facilitar la financiación (como las líneas ISBA, avaladas por el Gobierno de las Islas Baleares, o las líneas del Instituto de Crédito Oficial, avaladas por el Estado). Esta medida tendrá efectos hasta el 31 de diciembre de 2021.