Uno de los problemas más comunes de ser autónomo es no saber cuándo tenemos obligación de emitir factura. No tenerlo claro puede suponernos graves problemas con la Agencia Tributaria. Por ello, en este artículo te explicamos en qué casos debemos realizar factura y cuando no es necesario.
En primer lugar, tenemos que tener claro dónde está regulado todo lo relacionado con la factura. En España la legislación lo recoge en la Ley General Tributaria y en la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
¿Qué es una factura?
Lo primero que debemos saber es qué es exactamente una factura. Se trata de un documento legal con todos los datos de una operación de compraventa de un producto o un servicio.
En una factura debe aparecer un número de factura. Si corresponde también el número de serie. Además, tenemos que señalar la fecha de operación y en caso de ser diferente, la fecha de emisión.
Igualmente, debemos mostrar los datos del emisor de la factura: NIF, nombre, apellidos y/o denominación social, así como los del cliente. Por otra parte, también debemos escribir una descripción de los bienes entregados o servicios realizados.
Por último, debemos señalar el tipo impositivo utilizado, es decir el IRPF y el IVA.
Los llamados tickets, por ejemplo, el de la compra de un supermercado, son un tipo de factura llamada factura simplificada en la que no aparecen los datos del cliente. Además, el IVA puede ir sin desglosar y dentro del precio final (aunque hay que señalar el tipo de IVA).
Debemos saber que, al emitir una factura, siempre debemos guardar una copia. Hay una serie de situaciones en las que estamos obligados a emitir factura. Son las siguientes:
Por otra parte, hay una serie de actividades donde no hay obligación de emitir factura. Son las siguientes:
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