Asesoria & Asesores Fiscales

El día 21 de octubre de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias la Orden por la que se establecen medidas excepcionales para aplazar el ingreso de las cuotas devengadas por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y que no hayan sido satisfechas por entidades integradas en el grupo empresarial Thomas Cook en determinados períodos de liquidación del año 2019.

Las medidas consisten en el aplazamiento de las cuotas de IGIC devengadas en los períodos de liquidación del tercer y cuarto trimestre, así como en los períodos de liquidación mensual de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que se trate de cuotas repercutidas y no satisfechas por el adquirente de los bienes o servicios, siempre y cuando dicho adquirente sea una de las entidades del grupo Thomas Cook.
  • Que no sea posible la modificación de las bases imponibles a través del procedimiento normal porque la entidad destinataria de las operaciones no está establecida en el territorio del IGIC.

Cabe destacar que el aplazamiento de las deudas señaladas en la Orden de 17 de octubre se concederá por un plazo de 12 meses previa solicitud del sujeto pasivo, la cual deberá formularse conforme a lo dispuesto en el artículo 46.2 del Reglamento de Facturación y deberá estar acompañada de la copia de las facturas en las que consten las cuotas repercutidas y no satisfechas.

Debe tenerse en cuenta que estos aplazamientos devengarán intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley General Tributaria, y que no será necesaria la constitución de garantía, cualquiera que sea el importe de la deuda aplazada, haciendo uso de la vía establecida en el artículo 82.2 c) de la Ley General Tributaria.

En definitiva, mediante el aplazamiento de las cuotas repercutidas que no hayan sido abonadas por parte de las entidades del Grupo Thomas Cook no establecidas en el ámbito del IGIC, el Gobierno pretende atenuar los perjuicios económicos derivados de la quiebra del touroperador y responder a las peticiones formuladas en tal sentido por el sector turístico canario, estratégico en la economía del archipiélago.

Jorge Gutiérrez - Director del área fiscal en Las Palmas de Gran Canaria

Héctor Ortega - Abogado del área Fiscal en Las Palmas de Gran Canaria