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El pasado 27 de noviembre, la Comisión Europea decidió llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la regulación de la responsabilidad patrimonial del Estado español derivada de una infracción del Derecho de la UE.

La Comisión entiende que las disposiciones de la normativa española infringen los principios de efectividad y equivalencia.

El principio de efectividad se considera infringido porque, en estos casos, la obtención de una indemnización derivada de la responsabilidad patrimonial del Estado está sometida a condiciones de difícil cumplimiento. En concreto, se exige (a) que exista una sentencia del TJUE que declare que la norma española vulnera el Derecho de la Unión; (b) que la parte perjudicada haya obtenido una sentencia firme que desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; y (c) que, además, la parte perjudicada haya alegado la infracción del Derecho de la UE durante el curso del procedimiento.

El principio de equivalencia se entiende infringido porque la normativa española establece condiciones menos favorables en lo relativo a la responsabilidad del Estado derivada de una infracción del Derecho de la UE que en el caso de la responsabilidad derivada de infracciones de la Constitución Española.