Somos conscientes de que esta situación que atravesamos, como a todos, te estará afectando gravemente en lo personal y en lo profesional. Aunque, seguramente, nuestra labor no es la más importante en estos momentos, sí queremos transmitirte que vamos a intentar apoyarte en todo lo que podamos, y te rogamos que nos comuniques cualquier duda, incidencia o sugerencia.
Nosotros vamos a intentar seguir prestándote los servicios como siempre y, ahora si cabe, con mayor interés y dedicación, informándote puntualmente de todo lo que afecte a la actividad e intentando solucionar los problemas que vayan surgiendo.
En esta línea, te informo de que hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 7/2020 por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
Además de medidas para mejorar la financiación del gasto sanitario que en esta situación tienen que acometer las Comunidades Autónomas, de apoyo a las familias, laborales, de ayuda al sector turístico y de gestión eficiente de las Administraciones Públicas, también se incluye una medida de flexibilización de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias que incide en nuestra actividad profesional, y que sirve de apoyo financiero transitorio a las pymes.
Respecto a esta, el artículo 14 de este Real Decreto-ley establece facilidades de aplazamiento de deudas tributarias en el ámbito de la Administración tributaria del Estado:
Por lo tanto, esta medida afectará, por ejemplo, al IVA mensual de febrero, marzo y abril, para pymes que optarán por el SII, y a los pagos correspondientes al primer trimestre –como Retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de Sociedades-, cuyo plazo de presentación termina el 20 de abril.
Respecto al resto de medidas, podemos destacar las siguientes:
Asimismo, te quiero informar de que la AEAT nos acaba de comunicar el siguiente AVISO IMPORTANTE (que se ha publicado en el apartado LE INTERESA CONOCER de la página web de la Agencia Tributaria):
“Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo. Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha”.
A falta de conocer el detalle de lo que se establezca, sólo podemos felicitar a la Administración tributaria por esta iniciativa, que viene a dar pronta respuesta a lo solicitado por nosotros y que os comunicamos en esta Nota de aviso. Esperamos que la ampliación de plazos afecte tanto a los correspondientes a recursos y reclamaciones como a los de las autoliquidaciones.