Asesoria & Asesores Fiscales

Una de las dinámicas que nos arroja un mundo cada vez más globalizado es que el país de residencia de un trabajador y en el que en muchas ocasiones deba realizar su trabajo no siempre es el mismo. Ante esa realidad, los distintos sistemas fiscales de cada país deben adaptarse. España no es una excepción a la regla y así lo demuestra el artículo 7, apartado p de la LIRPF. Conscientes de la creciente importancia que tiene la fiscalidad de la actividad laboral en el extranjero, en Anta Consulting analizaremos en esta entrada los pormenores de este artículo y de esta manera sabrás las ventajas fiscales de los españoles trabajando en el extranjero.

Artículo 7p, reglamento del impuesto de no residentes

La legislación establece que dentro de las rentas exentas figurarán: “los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con los siguientes requisitos”:

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