Asesoria & Asesores Fiscales

El cambio es parte de la vida. Todo cambia a nuestro alrededor; la moda, las costumbres, la tecnología. Adaptarse y anticiparse al cambio es parte de nuestra evolución como personas.

En el ámbito tributario encontramos, sin embargo, una figura que parece resistirse al paso del tiempo y que permanece incólume. Se trata de las comprobaciones de valores sobre bienes inmuebles que viene realizando la Administración Tributaria desde hace años.

Esta práctica no es pasajera y va en aumento. El motivo es que, mientras los valores catastrales (salvo excepciones) se han mantenido estables o han aumentado, los inmuebles han experimentado una reducción en su valor debido a la profunda crisis del sector. Este hecho ha comportado que muchas transacciones hayan sido objeto de comprobación preferente por parte de las distintas Administraciones Tributarias, pese a haber sido realizadas a valor real de mercado.

Ante una comprobación de valores y la consecuente liquidación tributaria que supone el incremento de los impuestos a pagar por la transmisión del inmueble, los contribuyentes pueden iniciar la vía de recursos, al objeto de que un tribunal anule la deuda, o que al menos reduzca su importe.

Una alternativa

Pero esta posibilidad no es la única. La normativa tributaria ofrece otras posibilidades, como el procedimiento de tasación pericial contradictoria, que puede ser muy útil principalmente cuando queramos defender que el valor declarado se corresponde con el real de mercado.

Regulada en el artículo 135 de la Ley General Tributaria, la tasación pericial contradictoria permite obviar el valor asignado por la Administración. Si seguimos este procedimiento, el valor que se tomará para determinar si debe o no regularizarse la situación tributaria del contribuyente (y cómo debe hacerse), será determinado por un perito independiente, dentro de los límites del valor declarado por el contribuyente, y el asignado por la Administración Tributaria.

La gran ventaja de este procedimiento es que el sujeto pasivo no podrá ver incrementada la cuota tributaria exigida por la Administración. La cuota podrá mantenerse o reducirse, pero no aumentar.

Seguir un procedimiento de tasación pericial contradictoria tiene otras ventajas. Una de ellas es el tiempo; conseguiremos una respuesta sobre el valor de mercado del inmueble de forma mucho más rápida que si tuviéramos que seguir las largas etapas que conforman los distintos recursos en materia tributaria.

También supone una ventaja el hecho de que sea un experto independiente, por ejemplo un arquitecto, el que determine el valor. En la vía impugnatoria, en cambio, la decisión recaería sobre una persona con conocimientos de Derecho Tributario, pero no del mercado inmobiliario.

En definitiva, la tasación pericial contradictoria es una de las distintas armas de defensa que nos confiere la normativa tributaria para luchar contra las comprobaciones de valores que practica la Administración. Son muchas las bondades de esta figura, y es importante conocerla a la hora de evaluar la mejor estrategia para cada caso.

Autor: Daniel Cuyás