Una de las ventajas de los fondos de inversión es que, al traspasar el dinero de un fondo a otro, el inversor no debe tributar en el IRPF por las ganancias que se hayan acumulado (sólo debe tributar por ellas cuando venda definitivamente sus participaciones, de forma que su tributación se difiere).
En todo caso, para que el traspaso entre fondos no tribute, es necesario que se efectúe de forma automática entre las entidades gestoras. Si se realiza un reintegro y después se invierte en otro
fondo, la “neutralidad fiscal” desaparece y se debe tributar en el IRPF por las ganancias acumuladas.
No obstante, si el fondo ha perdido valor, puede ser conveniente actuar de esta forma y evitar el traspaso automático. De esta manera las pérdidas se integrarán en el IRPF y podrán ser compensadas con otras ganancias.
IRPF
El traspaso de dinero de un fondo de inversión a otro es neutral, y el inversor no debe tributar en su IRPF por la ganancia acumulada.
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