Asesoria & Asesores Fiscales

El Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha publicado un Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de Comercio, Servicios y Ferias, y abre un periodo de información pública para formular Alegaciones frente al mismo.

El Anteproyecto de Ley adecua la regulación actual de la ordenación de la actividad comercial, recogida en la Ley 18/2017, a las transformaciones económicas, sociales, ambientales y digitales que durante los últimos años han dejado imprenta en el sector comercial.

El periodo de información pública para formular Alegaciones frente al Anteproyecto de Ley finaliza el 20 de septiembre.


El Anteproyecto de Ley de Modificación de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de Comercio, Servicios y Ferias, recoge a grandes rasgos las siguientes novedades en materia de ordenación de la actividad comercial:

  • Se introduce y define el concepto de “tienda oscura”/”dark store”/”botiga fosca”, definiéndose como el establecimiento en el que se preparan los pedidos de compra a distancia y desde el cual se distribuyen al comprador. Y se establecen los requisitos que deben cumplir estas “tiendas”, y los horarios a los que se debe sujetar la entrega de los productos provenientes de las mismas.
  • Se establece que las empresas que se dediquen a la venta de productos a distancia, además de la posibilidad de entregar el producto en la dirección postal señalada por el comprador, deban ofrecer y facilitar al comprador la posibilidad de recogida y devolución del producto en un establecimiento físico de su entorno más cercano. Y que dichas empresas, además, deban disponer de puntos de recogida y de devolución (click & collect), de acuerdo con los parámetros de localización que deben establecer los respectivos ayuntamientos.
  • Se unifica la regulación de los diferentes tipos de actividad de promoción de ventas, con el objeto de adecuarla a la práctica diaria del sector, que evoluciona hacia la implementación simultánea de diversas actividades promocionales.

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