Asesoria & Asesores Fiscales

Las novedades legislativas de final de año han dado lugar a la modificación de determinadas normas fiscales, por lo que pasamos hacer mención de las más relevantes:

Impuesto sobre Sociedades
  • Deducción a los productores que encarguen la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales: el Real Decreto-ley 26/2018 prevé la posibilidad de que reglamentariamente se establezcan los requisitos necesarios para la aplicación de esta deducción.
  • Variaciones de valor como consecuencia de la aplicación del criterio de valor razonable: el Real Decreto-ley 27/2018 modifica el artículo relativo a estas variaciones de valor, teniendo efectos fiscales tanto en la cuenta de pérdidas y ganancias (como hasta ahora) como también en la cuenta de reservas, para ejercicios iniciados en 2018.

Además, la misma norma añade una disposición transitoria a la Ley de manera que es adapta la norma a las entidades de crédito como consecuencia de los cambios de dos las nuevas NIIF, 9 y 15.


Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Régimen simplificado: el Real Decreto-Ley 27/2018 mantiene los límites del volumen de ingresos en el año anterior para el conjunto de actividades empresariales o profesionales, excluidas las agrícolas, forestales o pesqueras, de manera que las cuantías siguen siendo de 250.000 euros para aplicar el régimen simplificado en 2019.

El mismo limite aplicará para el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca para las adquisiciones de bienes y servicios.

Lo anterior comporta que se dé nuevo plazo para renunciar a estos regímenes, pudiéndose renunciar hasta el 29 de enero de 2019.

  • Bonos polivalentes: la resolución de la DGT, de 28 de diciembre de 2018, sobre el tratamiento de los bonos polivalentes, persigue la armonización de la tributación en el IVA en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Quedando sujetos a IVA los bonos en los que se ha realizado la entrega efectiva de los bienes o la prestación de los servicios a cambio de dicho bono.
  • El Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, en el que se modifican el Reglamento del IVA, de facturación de aplicación de los tributos y el de Impuestos Especiales introduce nuevas referencias legales y cambios que se han ido dando en los textos legales vinculados.

Las principales modificaciones serian las siguientes:

    • Se podrá optar por tributar en TAI por determinadas entregas y prestaciones de servicios que se entiendan no localizadas en TAI, aunque dichas operaciones no hayan rebasado el umbral de 10.000 euros que hasta ahora existía.
    • Se adapta el Reglamento a la aplicación de la inversión del sujeto pasivo tanto en los casos que el destinatario tenga derecho a la deducción total como a la parcial.
    • La opción para la aplicar el SII se podrá realizar a lo largo de todo el ejercicio, no como hasta ahora que se limitaba al mes de noviembre. No obstante, si se da de alta a una fecha diferente al primer día del año natural, quedaran obligados a remitir los registros de facturación del periodo anterior a dicha fecha correspondientes al mismo año natural, identificando que se trata de operaciones anteriores a la inclusión en el SII.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Retenciones sobre rendimientos de capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual, cuando el contribuyente no sea el autor: el Real Decreto-Ley 26/2018 regula que a partir del 1 de enero de reduce el porcentaje de retención e ingreso a cuenta, pasando a ser del 19% al 15%.
  • Prestaciones por maternidad y paternidad: el Real Decreto-Ley 27/2018 establece que las quedan exentas de tributación, en aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo, tanto para 2018 como para los años anteriores no prescritos.
  • Esta misma norma, mantiene los límites de exclusión de la estimación objetiva de manera que las cuantías siguen siendo de 250.000 euros y de 125.000 euros para el volumen de rendimientos íntegros en año anterior. Ello también conlleva que se dé nuevo plazo para renunciar a la forma de determinar el rendimiento neto, pudiéndose renunciar hasta el 29 de enero de 2019.
  • El Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre, modifica el Reglamento del IRPF, actualizando la norma según los cambios introducidos relativos a la deducción por maternidad, la de familia numerosa, la discapacidad a cargo y los límites para la obligación de la presentación de la declaración de IRPF, entre otros.

En relación a lo anterior, recordar que la deducción por maternidad se vio incrementada en 1.000 euros por los gastos de guardería, y con efectos 5 de julio de 2018, la deducción por familia numerosa se incrementó en 600 euros anuales para cada uno de los hijos que forma parte de la familia numerosa y que exceda del nombre mínimo de hijos exigidos para adquirir esta condición y la deducción por personas con discapacidad a cargo se establece a 1.200 euros anuales para los contribuyentes con un cónyuge, no separado legalmente, con discapacidad y con rentas no superiores a 8.000 euros.

Impuesto sobre Patrimonio

Por enésimo año consecutivo ha vuelto a prorrogarse para 2019 la vigencia del Impuesto sobre Patrimonio, mediante el Real Decreto-Ley 27/2018.


Además de las novedades anteriores, también se introducen modificaciones en diferentes declaraciones de carácter informativo y otras de carácter formal.

Eva María Rodríguez