Como ya les anunciamos, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 modifica el régimen de desgravaciones fiscales de los planes de pensiones, limitando las aportaciones individuales a 2.000 € y primando los planes de pensiones colectivos.
Qué requisitos tiene el plan de pensiones de empresa, quién puede acogerse y, caso de no tener plan de pensión colectivo o de no poderse acogerse, ¿qué otras opciones de inversión hay fiscalmente atractivas?
Hasta ahora, cualquier persona podía aportar hasta 8.000 euros al año en un plan de pensiones y descontarse ese importe de la base imponible del Impuesto de la Renta (IRPF). Para los contribuyentes con altos ingresos, estas aportaciones podían aliviar mucho la factura fiscal porque esa desgravación iba directamente al marginal, que llega a superar el 45%. Así, el ahorro de impuestos podía superar los 3.600 euros anuales. Y en los 8.000 euros de beneficio fiscal a las aportaciones quedaba incluida la que se realizase al plan de pensiones de empresa.
Sin embargo, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 ha reducido el incentivo fiscal de las aportaciones individuales al plan de pensiones de 8.000 a 2.000 euros. A cambio, prevé un incentivo fiscal para las aportaciones hasta 10.000 € en planes de pensiones colectivos, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales.
¿Pero qué pasa si su empresa no tiene un plan de pensiones colectivo o si usted no puede acogerse al mismo? ¿Qué alternativas de ahorro quedan que sean fiscalmente atractivas?
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