Desde el 11 de octubre de 2016, cuando las entidades decidan cancelar o reducir el flujo de financiación a sus clientes pymes y autónomos, además de informarles con un preaviso de tres meses, les tendrán que hacer entrega de una extensa información sobre su situación financiera e historial de pagos en un documento llamado “Información Financiera-PYME”.
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