Asesoria & Asesores Fiscales

En la actualidad está vigente el periodo transitorio del Brexit, que vence el 31-12-2020 y se caracteriza, desde el punto de vista aduanero por mantener la situación previa a la ruptura.

En caso de no encontrar otra solución diferente a la contemplada en la actualidad a partir de la citada fecha los intercambios de mercancía y servicios con el territorio del Reino Unido se verán sustancialmente modificados desde el punto de vista jurídico y económico.
Esto afectará a las empresas que vendan bienes o presten servicios al Reino Unido, compran bienes o reciben bienes y servicios del Reino Unido, trasporten bienes a través del Reino Unido o utilicen bienes y materiales del Reino Unido para comerciar al amparo de los regímenesde origen preferencial (TLCs) que tiene la UE con países determinados.

En concreto:

1 | Cuando realice transacciones con el Reino Unido deberá cumplir con las disposiciones y procesos en materia de IVA diferentes a los contemplados en la actualidad. Dejarán de ser envíos intracomunitarios para convertirse en operaciones de IVA importación o exportación . Normalmente se tendrá que liquidar IVA en el país en la UE en el que se importen las mercancías desde el Reino Unido.

2 | Los envíos de la UE a Reino Unido estarán exentos de IVA y se deberán cumplir las formalidades de IVA importación en la entrada en territorio de Reino Unido.

3 | En los intercambios con Reino Unido se deberán presentar declaraciones de aduanas cuando se importen bienes del Reino Unido o se exporten a dicho territorio, incluso también en el caso de que transporte la mercancía a través del territorio del Reino Unido.

4 | Hay determinados tipos de productos en los que será preciso, además de la declaración de aduanas presentar una licencia especial, tales como tecnología de doble uso, residuos y productos peligrosos.

5 | En los productos objeto de Impuestos Especiales además de la declaración de aduanas se deberán realizar trámites adicionales contemplados en la Ley y Reglamento de Impuestos Especiales y que se caracterizan por su elevado grado de formalismo.

6 | A todas las declaraciones se les asignará un canal de respuesta, en nuestro caso de la AEAT( Aduana), resultado de un sistema de control de riesgo que deriva en canales verde, naranja, rojo o amarillo.

7 | Aún pendiente de definir, no es descartable que los productos objeto de intercambio requieran la intervención (documental o física) de los Servicios de Inspección en Frontera tales como Sanidad Animal, Humana, Vegetal, Farmacia, Soivre, etc

8 | Es importante considerar para el tráfico por camión que la operación aduanera de importación o exportación con el Reino Unido la puede hacer en aduanas del territorio español.

Morison ACPM pone de disposición de todos sus clientes un servicio de asesoramiento integral en material tributaria y de comercio exterior para todas las empresas que mantengan relaciones comerciales con el Reino Unido o desde UK con los países miembros de la Unión Europea pueden contactar con Ignasi Contreras en su correo electrónico: icontreras@morisonacpm.com

Antonio de la Ossa