Asesoria & Asesores Fiscales

Sin duda, este año puede alcanzarse el récord en el número de normas laborales de calado publicadas, que van a revolucionar y poner del revés el sistema de la Seguridad Social y las normas laborales establecidas hasta el momento. En definitiva, este 2022 han cambiado literalmente las normas de juego en el tablero laboral.

Terminó el pasado año con la publicación de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Una reforma de las pensiones que pasó desapercibida por el gran bombo mediático que se dio a la llamada Reforma Laboral, del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, ambas con efectos a partir de 2022, en diferentes plazos.

Pero este año ha continuado el goteo de publicaciones, y con especial importancia las dos últimas: el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, con entrada en vigor en 2023 y aún pendiente de una Orden de desarrollo sobre los mecanismos de ejecución de algunos de sus preceptos. Y también el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Una reforma de tal calado, que si no está bien calibrada puede dar lugar a un cataclismo del sistema de la Seguridad Social tal y como está configurado. Consiste en mantener un equilibrio entre las cotizaciones recibidas y las prestaciones pagadas, no sólo las pensiones, sino también todas las prestaciones por desempleo.

Un breve resumen de las grandes medidas de la reforma laboral, ya por todos conocidas, y que pretenden el rediseño de las relaciones laborales hasta 2021 sería el siguiente:

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Fiscalidad general