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Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año, próximamente dejarán de tener la obligación de declarar el IVA cada trimestre.

El Ministerio de Hacienda ya trabaja con ellos en un texto para transponer la Directiva europea 2020/285, que permite eliminar esta obligación.

Los países de la UE deberán poner en marcha esta medida el próximo 1 de enero de 2025, en caso de retraso en la transposición de la norma, se deben asumir las correspondientes sanciones por parte de Bruselas.



A falta de texto definitivo, la normativa europea plantea la opción de que los autónomos con ingresos inferiores a los 85.000 euros puedan elegir entre el régimen general del IVA (el actual) o acogerse al régimen especial de franquicia del IVA, lo que implicaría que ni tienen que incluir este impuesto en las facturas que emitan ni, por tanto, declararlo. Para acogerse a la franquicia, los autónomos no podrán haber superado en el año natural previo a la solicitud los 85.000 euros de volumen de negocio.

Si el autónomo supera en más de un 10% el volumen de negocio, dejará de aplicarse de forma inmediata.

De todas formas, la Unión Europea permite excepciones y señala que «los Estados miembro podrán establecer un límite máximo del 25% o autorizar al sujeto pasivo a seguir beneficiándose de la franquicia».

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