Es habitual planificar las herencias de forma que el cónyuge superviviente reciba el usufructo vitalicio de un inmueble, de manera que pueda seguir disfrutándolo mientras viva. Y cuando el cónyuge superviviente fallece, los hijos “consolidan el dominio”, pasando a ser plenos propietarios.
En estos casos se aplican unas reglas especiales a la hora de liquidar el impuesto de sucesiones. En concreto:
En las herencias con usufructo se aplican unas normas especiales a la hora de liquidar los impuestos. Desde FEMAES Asesores podemos ayudarle en dicha liquidación.
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