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Según nos informa el Colegio API, el DOGC del pasado 11 de mayo publicó el ACUERDO GOV/107/2023, de 9 de mayo , que permite expropiar edificios vacíos de grandes tenedores (actualmente se considera grandes tenedores a los propietarios de 10 o más viviendas) situadas en los siguientes municipios de las comarcas gerundenses: Figueres, Lloret de Mar y Salt . La expropiación se fundamenta en entender que se está incumpliendo la función social de la propiedad en municipios en los que exista mucha demanda de vivienda.

En los próximos días se enviarán las primeras cartas con el requerimiento para que los propietarios de las viviendas acrediten legalmente que se destinen a la residencia de personas. Si no atienden al requerimiento en el plazo de un mes, el Departament de Territori declarará el incumplimiento de la función social de la propiedad e iniciará el procedimiento de expropiación. Este procedimiento puede durar unos seis meses. La expropiación sólo afecta a las viviendas incluidas en el Registro de viviendas vacías y ocupadas sin título habilitante (RHBO). Por tanto, están excluidos los pequeños propietarios.

Una vez hechas las inspecciones y detectadas las viviendas potenciales, el Departament de Territori iniciará los procedimientos de expropiación. El beneficiario de las viviendas será el INCASÒL, que dispone de 5 millones para financiar esta primera fase de expropiaciones, permitiendo la adquisición potencial de entre 50 y 70 viviendas, según el precio de expropiación.

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Fiscalidad general