Asesoria & Asesores Fiscales

El pasado 27 de diciembre se aprobó la ley de reforma fiscal colombiana (ley número 2010 de 2019), que tiene efectos desde el 1 de enero de 2020. Las medidas incluidas en la ley son muy similares a las que se incluyeron en la ley de la anterior reforma fiscal (ley 1943/2018), que fue declarada inconstitucional por el tribunal constitucional colombiano debido a defectos procedimentales

Las medidas introducidas por la ley 2010/2019 más relevantes son las siguientes:

  • Reducción progresiva del tipo del impuesto sobre la renta de un 33% a un 32% para el ejercicio fiscal 2020, 31% para el 2021 y 30% para el 2022 y en adelante.
  • Incremento temporal del tipo de impuesto sobre la renta para instituciones financieras (un 4% adicional para el ejercicio fiscal 2020, un 3% para el 2021 y 2022).
  • Eliminación gradual del impuesto sobre la renta presunta (reducción hasta el 0,5% para el ejercicio fiscal 2020 y el 0% para el 2021 y en adelante).
  • Las normas relativas a la subcapitalización aplicarían únicamente a deudas entre partes vinculadas (doméstica y transfronterizas) con un ratio de 2:1.
  • Nuevo régimen para entidades holding.
  • Creación de un régimen de transparencia fiscal internacional (CFC).
  • Tributación de las transferencias indirectas de activos colombianos (ej., acciones emitidas por compañías colombianas).
  • Nuevo Régimen para Mega Inversiones, aumentando de 250 a 400 el requisito de puestos de trabajo de nueva creación asociados directamente al desarrollo de dicha inversión.
  • Incremento del tipo general de retención en pagos a no residentes al 20%.
  • Incremento del tipo de retención sobre dividendos a entidades no residentes al 10% (anteriormente de 7,5%).
  • Incremento al 33% del tipo de retención en pagos a no residentes por servicios administrativos.


Articulo en Periscopio Fiscal y Legal

Ramón Mullerat - Socio del área de Fiscalidad Internacional

Isabel Asín Pérez - Abogada en el área de Fiscalidad Internacional