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¿Qué es una carta de intenciones?

Los acuerdos de intenciones o también llamada en inglés “letter of intent” (LOI) o memorandum of understanding (MoU), no están regulados en nuestro Derecho, por lo que su figura es fruto de la libertad de pactos entre las partes conforme lo previsto en el artículo 1.255 del Código Civil.

Al igual que sucede con el resto de instituciones precontractuales. El concepto y la eficacia de esta figura dependen en gran medida de la interpretación doctrinal y jurisprudencial.

En cualquier caso puede concluirse que los acuerdos de intenciones se originan en la fase de negociación de un futuro contrato.

En definitiva, una Carta de Intenciones será lo que las partes lleguen a determinar en el mismo, esto es, una oferta vinculante, una oferta no vinculante o una oferta con cierto grado de vinculación.

Por tanto, una carta de intenciones puede definirse como un documento suscrito entre las partes de una potencial transacción donde negocian y acuerdan los elementos más relevantes que desean llevar a término.

¿Cuáles son las funciones de la carta de intenciones?

Las cartas de intenciones pueden tener distintas finalidades según la operación en la que se encuentre inmersa. Entre ellas, destacan:

  1. Manifestar interés en iniciar o continuar las negociaciones para la conclusión de la potencial transacción.
  2. Anticipar acuerdos con consentimientos cualificados.
  3. No determinar los elementos de los contratos.
  4. Establecer las bases o puntos clave de la futura posible transacción, así como servir de base interpretativa en la negociación y cierre del futuro contrato.

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Categoria

Fiscalidad general