Asesoria & Asesores Fiscales

El día 14 de octubre se publicó en el BOE la relación de fiestas laborales para el año 2023, de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Como cada año, hay 8 días festivos (retribuidos y no sustituibles) de ámbito estatal, 4 de ámbito autonómico y 2 de carácter local, sumando un total de 14 festivos anuales.

Los 8 días festivos de carácter obligatorio son los siguientes:

  • 7 de abril (Viernes Santo).
  • 1 de mayo (Día del Trabajo), lunes.
  • 15 de agosto (Asunción), martes.
  • 12 de octubre (Fiesta nacional), jueves.
  • 1 de noviembre (Todos los Santos), miércoles.
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución), miércoles.
  • 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción), viernes
  • 25 de diciembre (Navidad), lunes.

Así, además de estas ocho festividades nacionales no sustituibles (comunes), las comunidades autónomas podrán sustituir los siguientes:

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Categoria

Fiscalidad general