Incremento del importe exento de los gastos de locomoción en los rendimientos del trabajo
Los gastos de locomoción y dietas de viaje son retribuciones de carácter irregular que responden a los gastos que genera en el trabajador un desplazamiento temporal a un lugar distinto a aquel donde habitualmente presta sus servicios o donde radica el centro de trabajo, para efectuar tareas o realizar funciones que le son propias vinculadas a la empresa empleadora.
El abono de estos gastos tradicionalmente ha estado exento de tributación, hasta unas determinadas cantidades.
Mediante la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, y con efectos del 17/07/2023, se acaba de incrementar la exención por gasto de kilometraje y la indemnización por uso de vehículo particular (de 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro) a efectos de lo previsto en la letra b) del art. 9.A.2 y la letra a) del artículo 9.B.1 del del RIRPF.
En este sentido, el redactado de los dos artículos afectados era, hasta ahora, el siguiente:
“Artículo 9 Dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia
- Reglas generales:
- A efectos de lo previsto en el artículo 17.1.d) de la Ley del Impuesto, quedarán exceptuadas de gravamen las asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería que cumplan los requisitos y límites señalados en este artículo.
- Asignaciones para gastos de locomoción. Se exceptúan de gravamen las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado o trabajador que se desplace fuera de la fábrica, taller, oficina, o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto, en las siguientes condiciones e importes:
- a) Cuando el empleado o trabajador utilice medios de transporte público, el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente.
- b) En otro caso, la cantidad que resulte de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen”.
…
- Reglas especiales:
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