Asesoria & Asesores Fiscales

El impuesto del Patrimonio, que debería haber desaparecido en 2013, ha sido prorrogado en los sucesivos Presupuestos elaborados por el Gobierno, también para el año 2016.

No obstante, la Fundación de Impuestos y Competitividad apuesta por suprimir formal y definitivamente este impuesto, en consonancia con la recomendación realizada por el comité de expertos para la reforma fiscal liderado por Manuel Lagares en el año de 2014.

Así consta en un documento de propuestas para el Impuesto del Patrimonio y el de Sucesiones, donde se subraya la importancia de evitar que el espacio de este impuesto pueda ser ocupado por otras figuras similares a cualquier nivel de la Administración financiera española.

El Impuesto de Patrimonio fue suprimido por el Gobierno en el año 2008 y restituido de nuevo por el mismo Ejecutivo para los ejercicios 2011 y 2012 por la caída de la recaudación provocada por la crisis, con un nuevo mínimo exento de 700.000 euros. Desde entonces, el impuesto ha sido prorrogado.

Unificar criterios

Por otra parte, la Fundación Impuestos y Competitividad cree que deberían revisarse las múltiples obligaciones actuales de suministro de información a las administraciones públicas sobre el patrimonio personal, para unificar su contenido y forma de presentación.

El objetivo es evitar las duplicidades e ineficacias de la situación actual y asegurar la prevalencia de los principios de proporcionalidad y no discriminación.

Si finalmente se optara por mantener el impuesto, la Fundación apuesta por:

- Establecer un marco aplicable en todo el Estado para objetivar los métodos de valoración para evitar la inseguiridad jurídica y la inequidad y facilitar el cumplimiento y la gestión.

- Reducir las exenciones e incentivos fiscales, salvo aquellos que repercutan negativamente en el crecimiento y el empleo como, por ejemplo, los concedidos a las empresas familiares.

- Establecer un mínimo exento más elevado que el actual y obligatorio para todas las comunidades autónomas.

- Fijar por para todo el Estado una horquilla de tipos mínimos y máximos dentro de los cuáles podrían elegir libremente las comunidades. El tipo máximo no debería superar el 1,5% establecido en Francia, el más alto de los países del entorno.

- Limitar el tipo máximo cada año en función de la evolución de un índice de referencia, como por ejemplo el tipo de interés de los bonos del Estado a un año, para evitar que el impuesto pueda ser superior a la rentabilidad potencial de los bienes.

- Mantener el límite conjunto de cuotas de los impuestos sobre la Renta y el Patrimonio, de forma que la carga fiscal personal a soportar por un contribuyente no pueda ser superior a un porcentaje de la renta obtenida en un ejercicio.

Mantenimiento del Impuesto de Sucesiones con cambios

Por otro lado, la Fundación Impuestos y Competitividad sugiere mantener el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, regulando mediante normativa estatal de obligada aplicación los aspectos estructurales del tributo. En concreto, propone:

- Eliminar o reducir algunos beneficios fiscales (menos los concedidos a la empresa familiar).

- Establecer un mínimo exento más alto para compensar las supresionesde los beneficios fiscales.

- Sustituir la tarifa progresiva del impuesto por tipos proporcionables aplicables a cada grupo de parentesco, reduciéndolos a familia nuclear (cónyuges, ascendientes y descendientes), familiares hasta el cuarto grado y el resto.

- Aplicar un mínimo en todas las comunidades, con tipos fijos muy reducidos sobre las transmisiones entre miembros de la familia nuclear e inferiores al 15% en los demás caso.

- Las comunidades podrían aumentar el tipo de gravamen hasta el 5% en el caso de la familia nuclear y al tipo aplicable a ganancias patrimoniales en Renta en las adquisiciones no familiares.

- Los tipos podrán subir hasta lo que marca la nueva tributación del ahorro que entró en vigor el pasado 1 de enero, que fija el tipo hasta el 19% si se trata de una cantidad de ahorro de hasta 6.000 euros, del 21% para cantidades de entre 6.000 y 50.000 euros y del 23% para las ganancias de más de 50.000 euros.