Asesoria & Asesores Fiscales

Pfizer, una de las mayores farmacéuticas del mundo, ha anunciado su fusión con Allergan, otra importante empresa del sector. Bueno, para ser más exactos, Allergan, la empresa pequeña, absorbe a Pfizer, la empresa grande. ¿Y cómo es posible?

Pues muy fácil. Mediante el proceso conocido como “fusión inversa” y que consiste en el “mundo al revés”, esto es, que el “ratón” se come al “gato”. ¿Y por qué? Pues muy sencillo; porque Allergan tiene su domicilio fiscal en Irlanda y, por tanto, la empresa resultante de la fusión tendrá también su domicilio en Irlanda y disfrutará así de su atractiva fiscalidad. Y no me pregunten qué me parece, ya que si lo que se dice es verdad, me parece moralmente impresentable. Y me explico.

No tengo nada en contra de las fusiones. Al contrario. Pero convendrán conmigo en que si después de una fusión, todo, absolutamente todo, sigue igual, algo “chirría”. Y  chirría porque si la fiscalidad no ha de ser obstáculo para que una fusión se lleve a cabo, tampoco ha de ser el “único” beneficio de un proceso de fusión. Y digo el único, porque es obvio que detrás de una verdadera fusión hay algo más que la fiscalidad: hay un proyecto y un plan de empresa en la que se analiza su viabilidad, se cuantifican las sinergias, se planifican las nuevas inversiones, se diseña un nuevo organigrama, se visualizan los nuevos proyectos, etcétera.

Y si es así, nada que objetar. Y si no lo es, estamos sin duda ante un caso de elusión fiscal en mayúsculas, o, si prefiere, ante lo que con fina hipocresía se conoce como “erosión de bases imponibles. Y usted se preguntará, pero quien compra a quien? En efecto; ahí está el quid de la cuestión. Pero dejémoslo claro. Nadie está obligado a pagar más de lo que debe. Bueno; ni más, ni menos; lo que corresponda según la ley. Y en este contexto, cualquiera de nosotros puede tomar decisiones que, aunque su único motivo sea ahorrarnos impuestos, respondan a una realidad indubitada, por ejemplo, aportar a un Plan de Pensiones. Pues lo mismo ocurre con las fusiones. Estas han de ser una realidad indubitada. Y si los hechos demuestran que no se trata de una fusión inversa, pues estamos, sin más, ante un supuesto de elusión que hay que evitar.

 Y lo mismo hay que decir con las deslocalizaciones de empresas entre CCAA. No basta con cambiar el domicilio “social”. Lo relevante es el domicilio “fiscal”, que es aquel donde está centralizada la gestión administrativa y la dirección de los negocios. Es más; en los casos en los que haya duda al respecto, prevalece aquél donde radica el mayor valor del inmovilizado. Lo relevante es pues trasladar la gestión efectiva de un lugar a otro. La fiscalidad, en este sentido, es jurídicamente irrelevante. Lo relevante es constatar que se ha producido realmente ese traslado. Fiscalidad y realidad son pues inseparables. Por el contrario, apariencia y elusión son primos hermanos.

Antonio Durán-Sindreu
Socio Director
Profesor de la UPF