Asesoria & Asesores Fiscales

Las nuevas tecnologías lo han revolucionado todo, incluso la forma en que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) se pone en contacto con nosotros.

La AEAT, también conocida como Agencia Tributaria o simplemente Hacienda, dispone de un sistema de notificaciones que conviene conocer para que no se nos pase nada por alto en relación con nuestras obligaciones fiscales.

Te hablamos sobre los tipos de notificaciones de Hacienda a continuación.

¿Qué es una notificación de Hacienda?

Una notificación de Hacienda es un aviso que envía la AEAT a individuos o entidades con el objetivo de informar, avisar de un proceso o solicitar documentación. Estas notificaciones se realizan a través del sistema de notificaciones electrónicas obligatorias, establecido por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y, cualquier tipo de notificación de la Agencia Tributaria se puede consultar a través de estas vías electrónicas:

  • Página web de la AEAT: en ella encontrarás un apartado específico para gestiones relacionadas con las notificaciones de Hacienda.
  • Carpeta Ciudadana: donde también podrás acceder a información sobre expedientes y procesos diferentes.

Para visualizar las notificaciones de la Agencia Tributaria tendrás que identificarte mediante Cl@ve PIN, Certificado Digital o DNI electrónico.

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¿Qué tipos de notificaciones de Hacienda te pueden llegar?

Hacienda utiliza diversos tipos de notificaciones electrónicas para comunicarse con los contribuyentes y ciudadanos. Si has leído anteriormente una notificación de Hacienda, es posible que te suene alguna nomenclatura. ¡Por fin sabrás de qué trata y su nivel de gravedad! Veamos cuáles son:

Carta Informativa

Este tipo de comunicado tiene un carácter informativo y no requiere acción inmediata. Por lo general, estas notificaciones son certificadas y deben ser recibidas en persona para que Hacienda pueda verificar la comunicación. En caso contrario, la notificación se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Revisión de datos

Hacienda puede solicitarnos una revisión de los datos proporcionados, que puede tomar tres formas:

  • Requerimiento: Se emite cuando hay discrepancias entre los datos proporcionados por nosotros y los que posee la Agencia Tributaria. Hacienda solicitará documentación para justificar estas diferencias. Si se aclara, el proceso concluye; de lo contrario, se inicia otro procedimiento para corregirlo.
  • Propuesta de Liquidación: Hacienda notifica correcciones, según su criterio, en las declaraciones presentadas por el contribuyente. Si no estamos conformes, podemos presentar una alegación.
  • Resolución del Procedimiento: Hacienda informa sobre la resolución tras recibir alegaciones y, en su caso, la liquidación correspondiente. También es posible apelar si no estamos de acuerdo.

Información sobre Otra Persona

En este caso, Hacienda solicitará información sobre otra persona o empresa con la que hemos tenido relación, como cliente, proveedor o deudor. Debemos responder en el plazo indicado proporcionando la información o indicando su falta.

Providencia de Apremio

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