Asesoria & Asesores Fiscales

Aunque muchos crean que este tipo de ayudas no tributan, la Agencia Tributaria lo considera como un ingreso sujeto que estamos obligados a declarar en nuestra renta.

Si en el 2013 hemos recibido las ayudas del Plan PIVE para la compra de un vehículo nuevo debemos saber que estas tributan en el IRPF del año en que las hayamos recibido, por lo tanto tendremos que incluirlas en la Declaración de la Renta de ese ejercicio.

Es importante tener en cuenta que aunque no estemos obligados a presentar la declaración de la renta, el mero hecho de haberse beneficiado de estas ayudas nos obliga a realizarla.

Para saber los impuestos que tendremos que pagar por haber sido beneficiarios de las ayudas del Plan PIVE tendremos que tener en cuenta nuestro nivel de ingresos, ya que el porcentaje de retención que se aplicará sobre el importe de la ayuda recibida, irá en función de nuestra base imponible anual, la cual comprende tu sueldo bruto anual, rendimiento del ahorro y otros ingresos extra como donaciones o herencias. Para ello se ha establecido una tabla por tramos, para saber el porcentaje de retención que nos corresponde según el importe de la base imponible.

1. Base Imponible Anual   Hasta 17.707€    

Porcentaje de Retención  24,75%

2. Base Imponible Anual   De 17.707€ hasta 33.007€    

Porcentaje de Retención  30,00%

3. Base Imponible Anual   De 33.007 hasta 53.407€    

Porcentaje de Retención  40,00%

4. Base Imponible Anual   De 53.407€ hasta 120.000€   

Porcentaje de Retención  47,00%

5. Base Imponible Anual   De 120.000 hasta 175.000€   

Porcentaje de Retención  49,00%

6. Base Imponible Anual   De 175.000 hasta 300.000€   

Porcentaje de Retención  51,00%

7. Base Imponible Anual   Más de 300.000€    

Porcentaje de Retención  52,00%

Según esta tabla, si nuestra base imponible es por ejemplo de 35.200€, el porcentaje a aplicar sería el 30,00%. El cálculo a realizar sería el siguiente:

Hemos recibido 1.000€ en concepto de ayuda del Plan PIVE, 1.000€ x 30,00%= 300€ a pagar por haber recibo este tipo de ayuda.

En la declaración de la renta, el importe recibido por este concepto deberá ser incluido en la casilla 242, “Otras ganancias imputables a 2013 no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales”, en la cual consignaremos el importe recibido como ayuda del Plan PIVE.

En este vídeo de la Agencia Tributaria,  podremos ver los pasos a seguir para declarar las subvenciones, tales como la mencionada en este artículo en relación a las ayudas del Plan PIVE.

Vídeo Agencia Tributaria