Asesoria & Asesores Fiscales

Recuerde los plazos de pago de las cuotas provinciales o nacionales

Si su empresa está obligada a pagar el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), recuerde que dicho impuesto:

  • Puede tener el carácter de municipal. En ese caso, quien se encarga de su gestión y recaudación suele ser el Ayuntamiento o la Diputación.
  • O bien puede ser provincial o nacional, en cuyo caso es la Agencia Tributaria quien realiza su gestión.

Pues bien, si satisface cuotas provinciales o nacionales, sepa que recientemente se ha modificado el plazo de ingreso en período voluntario de las cuotas correspondientes al ejercicio 2020, que ahora deberá realizarse desde el día 16 de septiembre hasta el día 20 de noviembre de 2020 (ambos incluidos).

En caso de que no reciba la carta de pago o que ésta se extravíe, deberá efectuar el ingreso con un duplicado que podrá recoger:

  • En caso de cuota nacional, en la delegación o administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia en la que esté situado su domicilio fiscal.
  • En caso de cuota provincial, en la delegación o administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia del domicilio donde realice su actividad.

Aunque no reciba la carta de pago, su empresa sigue obligada a realizar el pago en las fechas indicadas (al tratarse de un impuesto que se recauda por recibo, Hacienda no está obligada a notificárselo de forma fehaciente cada año). Si no lo paga o se retrasa, Hacienda le exigirá los correspondientes recargos de apremio.

Pulse aquípara acceder a la resolución que establece el plazo de ingreso indicado.