Asesoria & Asesores Fiscales

El Tribunal Supremo (TS) ha revisado un caso curioso; a un ciudadano paraguayo le expulsaron de España por una infracción de extranjería, pero él recurrió diciendo que nunca le notificaron bien la sanción. La Administración dijo que intentó notificarle dos veces en su domicilio, pero que no estaba, y por eso le publicaron un aviso en el Boletín Oficial. Sin embargo, los avisos que dejaron en su buzón solo ponían el número de expediente, el remitente y su NIE, es decir, no decían claramente de qué sanción se trataba.

El TS ha explicado que, cuando la Administración intenta notificar una resolución importante (como una expulsión), no basta dejar constancia solo de un expediente. Por ley, tienen que quedar grabados varios datos:

  • La fecha del intento,
  • La identidad del destinatario y, sobre todo,
  • Una referencia clara al contenido esencial del acto que se notifica (por ejemplo, que se trata de una expulsión y por qué motivo).

No hace falta poner toda la resolución, pero sí que...

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